La AFIP acaba de aprobar un nuevo régimen de financiamiento en este contexto inflacionario, permitiendo a los contribuyentes que demuestren voluntad de pago, realizar hasta seis planes de pagos desde el aplicativo “mis facilidades”.

Hasta el momento sólo era posible hacer dos planes sin repetir el tipo de impuesto por plan.

Ahora bien, la resolución dice que se pueden realizar los planes que se requieran, pero dependiendo de la calificación SIPER otorgada.

La calificación SIPER, es la calificación que realiza procesos de evaluación mensuales sobre el cumplimiento de los deberes formales y materiales de los ciudadanos ante la AFIP.

Esta clasificación determina la cantidad de planes posibles, la cantidad de cuotas a otorgar y la tasa de financiación que se aplicará.

Con lo cual el fin último de financiar las deudas de los contribuyentes que son deudores – si la medición es a través del SIPER – es beneficiar a los que no tienen deuda, y por lo tanto los que no solicitaran financiación.

Además de ello se reducen los tipos de deudas a incluir, ya que no es posible incluir deudas de ciertas obligaciones del presente año, como así tampoco intereses punitorios ni determinados intereses resarcitorios.

El kit de la cuestión es que el nuevo régimen de plan publicado por AFIP con un supuesto fin de brindar muchos más beneficios y facilidades a los contribuyentes que tienen dificultades para cumplir con el pago de deudas anteriores, no es más que un nuevo régimen creado sólo para contribuyentes que no tendrán la necesidad de utilizarlo.